¿Qué llevó al gobierno de Ecuador a suspender a la Vicepresidenta por 150 días sin sueldo?
La reciente suspensión de Verónica Abad, Vicepresidenta de Ecuador, ha generado una fuerte controversia. Desde el Ministerio de Trabajo se decidió sancionarla con 150 días sin sueldo, muy por encima del límite de 30 días que establece la Ley de Servicio Público para suspensiones temporales. Este hecho ha despertado dudas sobre la legalidad y el trasfondo político de la decisión, ya que la relación entre Abad y el presidente Daniel Noboa ha estado marcada por tensiones desde que ambos asumieron el poder en 2023.
Un distanciamiento calculado desde el inicio
Daniel Noboa y Verónica Abad comenzaron su gobierno como compañeros de fórmula, pero rápidamente se distanciaron. Noboa optó por enviar a Abad a Israel, alejándola de Carondelet y de sus funciones. Ahora, la decisión del Ministerio de Trabajo de suspenderla por cinco meses se presenta como una medida adicional para alejarla del núcleo del poder.
El argumento esgrimido por el Ministerio es simple: abandono injustificado del cargo por más de tres días. Sin embargo, las autoridades han dejado claro que la verdadera motivación es política, calificando a Abad como una “enemiga del gobierno”. Este trasfondo político quedó en evidencia cuando varios ministros acusaron a Abad de “intento de golpe de Estado” por denunciar supuesta violencia política de género.
La controversia legal: ¿Es válida la suspensión?
Para algunos expertos, la sanción impuesta a Abad es legítima y está amparada por la normativa laboral. Sin embargo, un número creciente de abogados constitucionalistas ha salido en defensa de la Vicepresidenta, señalando que la sanción vulnera la Constitución. Estos juristas consideran que el proceso administrativo iniciado contra Abad es una “violación grosera de la Constitución” y que va en contra de los derechos fundamentales.
Además, un grupo de 16 abogados emitió un comunicado manifestando su “profunda preocupación” por la suspensión de Abad, instando a las autoridades a garantizar la protección de sus derechos.
Acciones legales en curso
Los abogados de Verónica Abad, Damián Armijos y Dominique Dávila, anunciaron que continuarán agotando todos los recursos legales para revertir la suspensión. Según Armijos, el equipo legal ya presentó una nueva acción de protección, pese a que una medida similar fue rechazada en septiembre de 2024. Además, han recurrido a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en busca de medidas cautelares que eviten la suspensión de la Vicepresidenta.
¿Qué dice la Constitución sobre el abandono de cargo?
De acuerdo con la Constitución ecuatoriana, un mandatario puede perder su cargo en casos específicos, como el abandono comprobado del puesto. Sin embargo, este tipo de decisión requiere la intervención de la Corte Constitucional y la aprobación de la Asamblea Nacional, y no es competencia del Ministerio de Trabajo. Además, la Ley de Servicio Público permite el despido por abandono injustificado del trabajo durante tres días consecutivos, pero no establece una suspensión temporal prolongada como la impuesta a Abad.
El impacto de la suspensión en el contexto electoral
La sanción de 150 días coincide con la campaña electoral que se celebrará entre enero y febrero de 2025. Esto da margen al presidente Noboa para designar temporalmente a un ministro en funciones vicepresidenciales, un papel que ha recaído en Sariha Moya, secretaria de Senplades. Sin embargo, la prolongada ausencia de Abad podría derivar en su destitución definitiva si se extiende más allá de tres meses, lo cual generaría un conflicto directo con las disposiciones constitucionales y abriría la puerta para que el presidente Noboa proponga un reemplazo a través de una terna a la Asamblea Nacional.
Esta situación plantea una gran pregunta: ¿hasta qué punto el gobierno está dispuesto a usar medidas administrativas para reducir el rol de la Vicepresidenta? A medida que la pugna avanza, el desenlace legal y político de este caso podría sentar un precedente histórico en la política ecuatoriana.