La interpretación de LigaPro que indigna a Universidad Católica: apelación por USD 19.000

Universidad Católica apela la sanción de USD 19.000 impuesta por LigaPro. El club denuncia una interpretación arbitraria del reglamento de marketing.


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Universidad Católica apela la sanción de USD 19.000 impuesta por LigaPro. El club denuncia una interpretación arbitraria del reglamento de marketing.
Universidad Católica apela la sanción de USD 19.000 impuesta por LigaPro. El club denuncia una interpretación arbitraria del reglamento de marketing.

Universidad Católica del Ecuador ha decidido marcar una postura firme frente a lo que considera un exceso administrativo y legal. El club presentó un recurso de apelación formal contra la sanción económica impuesta por LigaPro, la cual asciende a aproximadamente USD 19.000. El conflicto nace de un detalle logístico en el partido ante Guayaquil City: los jugadores utilizaron chalecos con mensajes de juego limpio durante el calentamiento y en la banca, omitiendo los chalecos oficiales que portan publicidad de una casa de pronósticos deportivos.

El argumento de la multiplicación de sanciones

El punto neurálgico de la disputa reside en cómo se calculó el monto. Según el Reglamento de Marketing y Patrocinio de LigaPro, la inobservancia de esta norma conlleva una multa de USD 500. Sin embargo, el organismo decidió multiplicar dicho valor por cada jugador involucrado y por cada momento del encuentro, transformando una infracción institucional en una cifra de cinco dígitos. Para Universidad Católica, esta interpretación carece de sustento, ya que la normativa se refiere a una obligación del club como ente y no a una conducta individualizable de los futbolistas.

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Universidad Católica apela la sanción de USD 19.000 impuesta por LigaPro. El club denuncia una interpretación arbitraria del reglamento de marketing.

Un precedente peligroso para el fútbol ecuatoriano

En su comunicado, la institución destaca que no existe ninguna disposición que permita la multiplicación de sanciones por cantidad de personas. El reglamento vigente solo contempla la reincidencia como agravante, mas no el conteo por cabeza. El club tilda la decisión de arbitraria e incoherente, subrayando que el acta de sanción ni siquiera individualiza qué jugador cometió qué falta. Al aplicar una interpretación extensiva de la norma, el club advierte que se vulnera la seguridad jurídica, confiando en que el Comité de Apelaciones rectifique este error administrativo.


Más información oficial:


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Redactor web en solomacardores.com. Estudiante de la Facultad Comunicación Social en la Universidad Central del Ecuador.